El 2025 llegó y con él algunos ajustes en los precios de trámites de movilidad como las licencias para conducir , así como los servicios para emplacar. En TV Azteca Puebla te compartimos todos los detalles sobre el tema para que sepas cuánto tendrás que pagar. Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y lleva la información en la palma de tu mano.
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¿Cuánto costará emplacar en Puebla en 2025?
De acuerdo con portal Ventanilla digital, del gobierno del estado, en 2025, el costo de emplacar en Puebla será el siguiente:
· Placas para vehículos: $1,225, que incluye la tarjeta de circulación y engomado
· Placas para remolques: $930
· Placas para motocicletas: $525
· Placas para vehículos de prueba o demostración: $1,440
· Baja de placas de circulación de un auto particular: $165
· Permiso provisional para circular sin placas de circulación (15 días): $590
· Permiso provisional para motocicletas para circular sin placas de circulación: $43
Para realizar el cambio de placas, el vehículo debe estar al corriente en el pago de tenencias o control vehicular.
¿Cuáles son los requisitos para emplacar en Puebla?
Para obtener el apoyo en el pago del 100% de la Tenencia, tratándose de vehículos nuevos (de agencia) tiene 15 días a partir del día siguiente de la fecha de factura para realizar el trámite de alta; sólo si no existieran citas disponibles en este plazo, se deberá acudir con los requisitos correspondientes a la Oficina Recaudadora más cercana a su domicilio.
- Folio impreso de cita agendada (1 copia) La cita se puede agendar en la página citasenlinea.puebla.gob.mx, presentando los siguientes requisitos:
- Documento que ampare la propiedad del vehículo; que podrá ser alguno de los siguientes: (Original y 1 copia)
Identificación Oficial vigente con fotografía (Original y 1 copia) pudiendo ser cualquiera de los siguientes: Credencial para votar vigente con fotografía, Licencia para conducir, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte, Cédula Profesional, Credencial expedida por el INAPAM, Tratándose de personas con nacionalidad extranjera podrá ser el documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente.
- En el caso de personas morales, la Identificación oficial con fotografía debe ser del Representante legal.
- Registro Federal de Contribuyentes. (1 copia) Tratándose de personas morales o físicas con actividad empresarial.
- CURP. (1 copia)
- Comprobante de domicilio
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